English Català

Estatutos de sociedad limitada

Anna Calbet Tarrida, advocada
Anna Calbet Tarrida, abogada

Este es un modelo de estatutos sencillo para una sociedad sin condiciones especiales. Al redactarlos he eliminado lo que no es imprescindible. He constituido cientos de sociedades con este modelo de estatuto simplificado que, aún hoy en día, sigue llamando la atención por su simplicidad. Los burócratas temen la simplicidad.

1. Denominación

La sociedad será mercantil, de responsabilidad limitada, girará bajo la denominación de SUPER MAXI Sociedad Limitada y se regirá por estos estatutos y por la legislación aplicable.

2. Objeto

Lee mis comentarios sobre protección de socios minoritarios. El objeto social es la compra, venta, manipulación y comercialización de materiales para el embalaje y todos sus derivados, incluso maquinaria.

3. Domicilio

La sociedad tiene su domicilio social en Báguena (Teruel), calle del Castillo 8. La Junta podrá decidir la supresión o traslado de sucursales.

4. Duración

La sociedad se constituye por una duración indefinida y dará comienzo sus operaciones en el día de su constitución.

5. Capital

El capital social es de 5.000 euros, divididos en 500 participaciones de 10 euros cada una, iguales, acumulables,  indivisibles, pagadas totalmente, y numeradas correlativamente de la 1 a la 500.

6. Transmisión de participaciones entre vivos

Son libres las transmisiones de participaciones por actos inter vivos a otros socios, hijos, cónyuges y ascendientes. El socio que desee transmitir inter vivos sus participaciones a un no socio, lo comunicará por escrito a los Administradores, y éstos a los demás socios en el plazo de quince días desde la recepción del aviso, también por escrito. Los socios pueden optar por la compra dentro de los treinta días siguientes a la notificación y, si son varios quienes quieren adquirir, lo harán en proporción a sus respectivas participaciones. Si ninguno de los socios quiere comprar, el vendedor queda en libertad para transmitir sus participaciones.

Para el ejercicio del derecho de tanteo, el precio de venta, si hay divergencia, lo fija el auditor de cuentas de la sociedad y, si no está obligada a auditar, lo fija un auditor designado por el Registrador Mercantil del domicilio social.

7. Transmisión de participaciones mortis causa

Son libres las transmisiones de participaciones mortis causa a favor de otros socios, hijos, cónyuges, ascendientes y parientes colaterales del causante hasta el tercer grado.Fuera de éstos casos, el que pretenda ser reconocido como socio mortis causa deberá realizar la notificación prevista en el artículo 6 de éstos Estatutos y los socios tendrán los derechos de tanteo establecidos en el artículo mencionado.

8. Convocatoria de juntas

La DGRN ha dicho que la negativa a acusar recibo de un e-mail vale como recepción. La convocatoria de las Juntas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, la harán los administradores por cualquier procedimiento de comunicación individual y escrita que asegure la recepción, incluido el correo electrónico, en la dirección que conste en el libro registro de los  socios, con una antelación mínima de quince días sobre la fecha de la Junta y se hará constar el orden del día. La denegación de confirmación de correo electrónico lectura equivale a la recepción.

9. Administración

La representación y administración de la sociedad corresponde a los administradores, que serán dos, mancomunados o solidarios, socios o no, y nombrados por la Junta General. El cargo de administrador será gratuito. El administrador tiene las facultades que fija la Ley en toda su amplitud, que deberá ser interpretada siempre extensivamente.

10. Ejercicios económicos

El ejercicio social se corresponde con el año natural, y se cierra el último día de cada año, salvo el primero, que empieza el día que se firme la escritura de constitución.